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¿Cómo se habilita un nuevo suministro de energía eléctrica?

De acuerdo al Art. 4 del Reglamento de Suministro de Energía Eléctrica, para la habilitación del suministro el Solicitante deberá acreditar los requisitos que se detallan a continuación, en la oficina comercial más cercana al domicilio del suministro, para su análisis y posterior gestión:

  • Documentación fehaciente que acredite su relación jurídica con la propiedad en la que se ubicará el suministro, con copia de DNI. Por ejemplo: si el solicitante es propietario del inmueble, deberá acompañar copia de la escritura correspondiente; si es inquilino, deberá acompañar copia del contrato de locación debidamente sellado; etc.
  • No tener deudas pendientes con La Cooperativapor suministro de energía eléctrica u otros conceptos resultantes del Reglamento de Suministro de Energía Eléctrica.
  • Tener regularizados con La Cooperativa, tanto técnica como legal y administrativamente, todos los compromisos emergentes de las ampliaciones y/o extensiones de servicio eléctrico que hayan sido necesarias realizar.
  • Acreditar el cumplimiento de las disposiciones municipales vigentes, en lo que respecta a las instalaciones internas. En este punto, se debe tramitar ante el municipio correspondiente el permiso de conexión municipal.
  • Cumplir con los plazos y requerimientos técnicos que la “Conexión a la red” o el servicio exijan según la normativa vigente.
  • Firmar la Solicitud de Suministro. En caso de suministros encuadrados en Tarifa T2 Grandes Demandas, firmar el contrato de capacidad máxima de suministro de acuerdo al Régimen Tarifario vigente.
  • Presentar un Certificado emitido por el Departamento General de Irrigación, en el caso de solicitud de suministro para Riego Agrícola, en el que conste que la perforación se encuentra inscripta en sus registros y autorizada a funcionar como tal.
  • Denunciar todos los suministros que tenga a su nombre.

 

El «Cargo por conexión» se cobrará en la primera factura de consumo del suministro.

La reanudación del servicio se procederá cuando se regularicen las causales que dieron origen a la suspensión del suministro. En relación a deudas pendientes, se deberá cancelar el monto correspondiente en nuestras oficinas comerciales o los medios de pagos habilitados.

El corte del suministro implica el retiro de la conexión domiciliaria y del medidor o equipo de medición, y se registra cuando ha transcurrido un (1) mes desde la fecha de suspensión, sin que el Usuario hubiera regularizado la situación que dio origen a esa suspensión del suministro.

comerciales o los medios de pagos habilitados.

La rehabilitación del suministro se efectuará dentro de las cuarenta y ocho (48) horas de regularizada la situación que dio origen al corte del servicio en nuestras oficinas comerciales (pago de facturas, costas y gastos de la cobranza judicial o extrajudicial si correspondiera, así como todo otro gasto que demande la rehabilitación).  Si han transcurrido doce (12) o más desde la fecha del retiro de la medición, se debe presentar además un nuevo Permiso Municipal o Certificado del Departamento General de Irrigación (sólo para suministros destinados a Riego Agrícola).

Debes presentar el permiso de aumento de potencia otorgado por el municipio en la oficina comercial. Dicho permiso debe ser emitido a nombre del titular del servicio, caso contrario deberá realizar junto a este trámite el cambio de titularidad.

El titular del suministro debe solicitar por escrito la baja o retiro del medidor, en la en la oficina de la cooperativa, previa cancelación del total de la deuda, inclusive los conceptos pendientes de vencimiento.

Otras Consultas

No, el medidor es propiedad de la cooperativa. El titular del suministro solamente es depositario del medidor, por lo que debe mantenerlo en buenas condiciones de conservación.

¿Quién determina las tarifas del servicio eléctrico?

Las tarifas se encuentran reguladas en el Marco Regulatorio Eléctrico Provincial y son establecidas por el Gobierno Provincial y el Ente Provincial Regulador Eléctrico (Epre).

Las tarifas se encuentran reguladas en el Marco Regulatorio Eléctrico Provincial y son establecidas por el Gobierno Provincial y el Ente Provincial Regulador Eléctrico (Epre).

Sitio Web EPRE

Marco Regulatorio Eléctrico

Para los casos de incumplimientos de las exigencias a la calidad del servicio suministrado (producto técnico, servicio técnico y calidad comercial), se abonará directamente a los clientes afectados las sanciones que correspondan, mediante la bonificación de esas sanciones en las facturas emitidas con posterioridad al incumplimiento.

Consulta de Bonificaciones EPRE

Hay que denunciarlas en forma gratuita y anónima al 0800… y a la policía (911), ya que estas conexiones representan riesgo para la seguridad y afectan la calidad del servicio.

¿Cómo procedo al traslado o cambio de sitio del medidor?

El cliente debe tramitar el traslado de sitio ante el municipio, presentando el Permiso Municipal correspondiente en la oficina comercial junto a la factura del suministro eléctrico y DNI.

Alumbrado Público

El cambio de focos y lámparas, la colocación de soportes y el mantenimiento de los mismos, corresponde al Servicio Municipal de cada departamento según jurisdicción.

La cooperativa es responsable de brindar el suministro eléctrico y controlar el correcto encendido y apagado del Alumbrado Público. Es por esto que responde sólo ante inconvenientes que afecten zonas completas y NO LÁMPARAS PUNTUALES

Los cargos de Mantenimiento corresponden a los municipios, los cuales se transfieren a cada comuna.

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